No deberán liquidar divisas en 15 días quienes exporten menos de U$S2 millones

De esta manera, el Gobierno modifica el plazo de 15 días, a partir de producido el embarque, para ingresar las divisas, impuesto en la resolución 142/12 del Ministerio de Economía, para las empresas que exporten hasta 2 millones de dólares.

La Presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció que las empresas que exporten hasta 2 millones de dólares podrán liquidar las divisas en un plazo de hasta 360 días, según la mercadería exportada. La Jefa del Estado hizo este anuncio durante un acto celebrado en la Casa Rosada.

La Presidenta expresó que "con esta corrección unas 11.100 empresas exportadoras en su mayoría PYME vuelven al régimen anterior, sobre un total de 12.800 empresas".

De esta manera, el Gobierno modifica el plazo de 15 días, a partir de producido el embarque, para ingresar las divisas, impuesto en la resolución 142/12 del Ministerio de Economía, para las empresas que exporten hasta 2 millones de dólares, informa hoy el diario Clarín.

La norma sigue vigente para el resto de las empresas exportadoras que cuentan como excepción lo dispuesto en el artículo 4 que puntualiza lo siguiente: "A solicitud de parte interesada, y fundado en la naturaleza o características especiales de las operaciones, podrán ampliarse los plazos previstos en el artículo precedente. Dicha medida se dictará previo informe emitido por una unidad de evaluación, que estará integrada por los titulares de la Secretaría de Comercio Exterior, de la Secretaría de Política Económica y del Ministerio de Industria".

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