El Banco Central relaja las condiciones para acelerar el crédito

Se busca beneficiar al sector público, pymes, personas físicas y los créditos hipotecarios.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó el régimen sobre exigencia de capital para atender el riesgo de crédito y la integración del capital por parte de las entidades financieras que operan en el país para acelerar el crédito, informó el ente monetario.

El directorio del organismo aprobó una reducción en los requisitos de capital mínimo que deben mantener los bancos como seguro de riesgo, con el objetivo de liberar liquidez para que se vuelque a estos préstamos. Se mantienen los requisitos máximos para préstamos en mora o denominados en moneda extranjera, mientras que para el sector público se reduce a cero, explica hoy el diario Página/12.

"La nueva normativa está orientada fortalecer el sistema financiero, estimular el otorgamiento de crédito para sostener el crecimiento de la economía y adaptar la regulación argentina a los criterios internacionales", dijo el BCRA en un comunicado que da a conocer hoy el diario Ámbito Financiero.

Las nuevas disposiciones se encuentran en línea con los estándares del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y los compromisos asumidos por la Argentina en el G20, que tienen como objetivo preservar la estabilidad financiera, destaca el comunicado hecho público por el Banco Central.

Esta normativa, que entrará a regir desde enero de 2013,  introduce nuevos requisitos en la exigencia de capital para las entidades que operan en el país. El gran cambio es que desde el Banco Central se va a exigir un menor respaldo de capital de los bancos para dar respaldo a los créditos otorgados a empresas, familias y Estados.

El requisito de integración de capital mínimo por riesgo operacional permite que los bancos cuenten con un colchón de capital propio para poder hacer frente a pérdidas operacionales. Esto es distinto de los encajes, que son inmovilizaciones de una parte de los depósitos como garantía para responder al retiro de fondos de sus clientes. La exigencia de un colchón para riesgo operacional responde a pérdidas por fraude, relaciones laborales, prácticas con clientes, productos y negocios y daños a activos materiales, entre otros. Se suma al riesgo por crédito, tasa de interés y mercado.

En ese sentido, las financiaciones a las personas físicas y pymes estarán sujetas a un ponderador del 75% de respaldo en depósitos y los préstamos hipotecarios sobre la vivienda única, al 35%, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

En ambos casos, la nueva norma reduce el ponderador (relación de depósitos en respaldo por cada $100 prestados) respecto de los que rigen actualmente, establecidos en 100% y 50%, respectivamente.

En lo que hace al tratamiento de las exposiciones con el sector público no financiero y en atención a la opción explicitada en las normas de Basilea II que permiten atenuar la ponderación de las exposiciones con el sector público, se resolvió ponderar al 0% las exposiciones, directas o a través de un fideicomiso, con el sector público, denominadas y fondeadas en pesos.

Las financiaciones otorgadas al sector público pero denominadas en otra moneda seguirán, como hasta ahora, ponderadas al 100%.

En estas condiciones, lo que se está haciendo desde el Banco Central es relajar las exigencias de capital de respaldo impuestas a los bancos a la hora de prestar dinero. Y claramente las condiciones cambian si el financiamiento es en pesos.