El cepo al dólar para exportadores se endurece. Ayer a última hora, el Banco Central dispuso que a partir de hoy mismo todas las empresas que opten por tomar créditos en moneda extranjera (que son, por regulación oficial, las que están vinculadas a la actividad de comercio exterior) estén obligadas siempre y taxativamente a cambiar en el mismo banco esos dólares que obtengan por el financiamiento por los pesos equivalentes al tipo de cambio oficial.
Según informa hoy el diario El Cronista.com, el mecanismo está actualmente vigente, pero sólo para cuando el crédito está fondeado por el banco con depósitos en moneda extranjera de los clientes. En estos casos, el tomador del préstamo tiene ya la obligación de ingresar al mercado de cambios para liquidar las divisas que recibe y llevarse el dinero totalmente pesificiado. Pero ahora, a partir de la nueva normativa emitida ayer, los tomadores del crédito también quedarán sujetos a esta misma exigencia cuando los préstamos estén fondeados por el banco con líneas del exterior o capital propio que las entidades tengan en moneda extranjera.
“Lo que se hizo fue generalizar la obligación para todos los casos, cualquiera sea la liquidez que use el banco. Actualmente, las entidades financieras pueden dar préstamos en dólares con tres tipos de fondeo: depósitos en moneda extranjera; capital propio del banco y líneas en dólares del exterior. Sólo en estos últimos dos casos, en donde la línea era fondeada con capital propio o líneas de corresponsales, los exportadores no tenían la obligación taxativa de ingresar al mercado cambiario”, explicó una fuente oficial.
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