El titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, informó que se actualizó el monto de la obligación para operadores bursátiles y a partir de ahora será de $40.000.
La obligación de los operadores bursátiles de exigir declaraciones juradas existía con anterioridad, y la UIF sólo actualizó el monto a considerar, explicó ayer el presidente de la entidad, José Sbattella.
En ese sentido, explicó que la Resolución 33/2011 “establece en 40.000 pesos el monto a partir del cual los operadores del mercado de valores deben cumplir una exigencia que ya existía: la de requerir una declaración jurada sobre licitud de fondos, a los fines de evitar maniobras de lavado de dinero o relacionadas con el terrorismo”.
Estas aclaraciones responden a la nota publicada ayer en El Cronista Comercial, en la que se indica que existe "sorpresa y malestar en el mercado por el control de la UIF sobre las operaciones".
“Las sociedades y agentes de bolsa, como todos los operadores del mercado de capitales, ya tenían la obligación de exigir una declaración jurada por transacciones superiores a los 30.000 pesos, por lo que la nueva resolución no ha hecho más que establecer el monto de 40.000 pesos como nuevo umbral para el cumplimiento de esa obligación”, precisó el titular de la UIF.
Mediante la Resolución 33/2011, publicada en el Boletín Oficial el 4 de febrero, la UIF dispuso que los agentes y sociedades de bolsa, las sociedades gerente de fondos comunes de inversión y los operadores del mercado abierto electrónico e intermediarios en transacciones con títulos valores deberán requerir al cliente “la presentación de una declaración jurada referida al origen y licitud de los fondos, bienes o activos con que se realiza” una operación por 40.000 pesos o más.
Esta suma equivale a 10.000 dólares, lo que supone una adecuación a los estándares internacionales antilavado, indicó la UIF mediante un comunicado.
Adicionalmente, los operadores deberán exigirán documentación respaldatoria de los datos declarados cuando las sumas involucradas alcancen o superen los 200.000 pesos.
Se debe verificar, también, si el cliente figura en los listados de personas buscadas por actos terroristas.
Los sujetos obligados disponen de 30 días para comunicar a la UIF operaciones con indicios de lavado y apenas 48 horas si se presume vinculación con actividades terroristas; y deben preservar la documentación correspondiente durante 10 años.
En ese sentido, Sbattella aclaró que estos plazos se aplican a todas las normativas de control de lavado de activos y financiación del terrorismo, ya que fueron establecidos por el Decreto presidencial 1936 de diciembre del año pasado.
La UIF indicó -por último- que en lo que va de 2011 ya emitió 17 resoluciones que actualizan la normativa antilavado que deben observar los sujetos obligados a reportar al Estado transacciones sospechosas.
Fuente: Télam
Antilavado: actualizan monto para operaciones bursátiles
Para avanzar en medidas antilavado de dinero, la Unidad de Información Financiera anunció que se elevó a $40.000 el monto a partir del cual toda operación bursátil deberá ir acompañada de una declaración jurada sobre la licitud de los fondos utilizados.