El salario mínimo podrá ser referencia en paritarias

Hoy se publicó en el Boletín Oficial la norma que deja sin efecto al artículo que fijaba que el salario mínimo, vital y móvil no podía ser tomado como índice o base para la determinación cuantitativa en las negociaciones salariales.

El ministro de Trabajo está en contra de la derogación al considerarla "un retroceso en el empleo y en la exclusión laboral". Foto: NA
El ministro de Trabajo está en contra de la derogación al considerarla "un retroceso en el empleo y en la exclusión laboral". Foto: NA

El Gobierno Nacional oficializó la derogación de un artículo de la Ley de Empleo que impedía tomar el salario mínimo, vital y móvil como parámetro para las paritarias.
  
Lo hizo a través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial. "Derógase el artículo 141 de la Ley N 24.013 -Ley de Empleo-", señala el artículo primero de la norma, que había sido sancionada por el Congreso el 9 de junio pasado con el apoyo de la CGT, pero con el rechazo del ministro de Trabajo, Carlos Tomada.

Ese artículo de la Ley de Empleo no permitía que el salario mínimo vital y móvil fuera considerado como índice de referencias para discusiones paritarias y aumentos jubilatorios.

La votación en el Senado había logrado 34 votos a favor y 26 en contra.
  
Por pedido de Tomada, el kirchnerismo votó en contra de la medida, a pesar de que el bloque oficialista había votado a favor de la iniciativa en Diputados.