A partir de agosto la AFIP comenzará a exigir el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) que debe utilizarse obligatoriamente al momento de transferir un vehículo de segunda mano, en las transacciones que superen los 30.000 pesos.
Según publica el sitio iProfesional.com, el vendedor debe obtener este certificado vía web, en el que se incluye, entre otros datos, a quién y a cuánto vende su vehículo.
Además, los datos volcados en el CETA tienen que figurar obligatoriamente en el formulario 08 al momento de inscribir al vehículo.
Cuando la operación se realiza por intermedio de concesionarios o comerciantes que se encuentran registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Motovehículos Usados, son estos los responsables de la obtención del CETA, lo que libera al titular del vehículo de cumplir con esta obligación.
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