Ya es oficial la reapertura del canje de deuda

El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto que dispone la segunda etapa de la reestructuración de la deuda en default. Tras la aprobación de Italia y Luxemburgo, que concluyeron el martes, la administración de Cristina Fernández concluyó todos los pasos. La oferta por 20.000 millones de dólares estará abierta durante un mes.

El ministro de Economía confía en que el próximo paso será acordar con el Club de París. Foto: NA
El ministro de Economía confía en que el próximo paso será acordar con el Club de París. Foto: NA

El Gobierno nacional oficializó hoy el proceso de reestructuración de la deuda que aún se encuentra en cesación de pagos, al cual podrán sumarse voluntariamente desde el lunes próximo quienes posean títulos del Estado argentino impagos.
  
Así fue dispuesto a través del decreto 563/10 publicado hoy en el Boletín Oficial.
  
Esa medida dispone "la reestructuración de la deuda del Estado Nacional, instrumentada en los títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto 1735 del 9 de diciembre de 2004 y sus normas complementarias, y que no hubiesen sido presentados al mismo".
  
Y añade que la operatoria se realizará "mediante una operación de canje de los títulos representativos de deuda pública nacional e internacional".

La reestructuración contempla la emisión, por hasta las sumas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el decreto, en una o varias series de los instrumentos denominados "Bonos Internacionales de la República Argentina", "Bonos de la República Argentina" y "Bonos Internacionales Globales de la República Argentina en Dólares Estadounidenses 8,75 por ciento 2017".

También incluye la segunda serie de los instrumentos derivados denominados "Valor Negociable Vinculado al PBI" en Dólares Estadounidenses, cuya ley aplicable es la de la Ciudad de Nueva York, según el decreto.
  
El texto oficial dispone la ampliación de los instrumentos derivados denominados "Valor Negociable Vinculado al PBI en Euros", "Valor Negociable Vinculado al PBI en Yenes Japoneses", "Valor Negociable Vinculado al PBI en pesos" y "Valor Negociable Vinculado al PBI en Dolares Estadounidenses", este último, con ley aplicable de la Argentina.
  
El monto máximo de emisión de los "Bonos Internacionales de la República Argentina a la Par" en Dólares, en Euros y en Yenes Japoneses y de los "Bonos de la República Argentina a la Par" en Dólares y en Pesos, no podrá ser superior a un monto total equivalente al valor nominal de dos mil millones de dólares.

Por otra parte, a través de la resolución 230, se designa a The Bank of New York Mellon como Agente de Canje y como Agente de Listado en el Gran Ducado de Luxemburgo y a Georgeson S.R.l. como Agente de Información, "a los fines de llevar adelante las tareas que resulten necesarias en el marco del proceso de reestructuración de deuda".