Por medio de un comunicado, el Centro Empleados de Comercio (CEC) anunció cuáles serán los horarios máximos permitidos para extender la jornada laboral durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo en Mendoza, al tiempo que anunciaron que saldrán a controlar junto con la Subsecretaría de Trabajo que esto se cumpla sino habrá multas y sanciones.
El acuerdo, fijado entre el CEC y la Subsecretaría de Trabajo, deberá ser respectado por el sector empresario y establece los siguientes horarios de trabajo según el tipo de comercio:
Mediante un acuerdo firmado ante la Subsecretaría de Trabajo, resultado de las gestiones realizadas por el Centro Empleados de Comercio, se convino que el sector empresario respetará los siguientes horarios:
Comercios Tradicionales y Shoppings:
22/12: 23 hs. como máximo.
23/12: 24 hs. como máximo.
24/12: 17 hs. como máximo.
30/12: 22hs. como máximo.
31/12: 16 hs. como máximo.
Súper e Hipermercados:
23/12: 24 hs. como máximo.
24/12: 16 hs. como máximo.
30/12: 24 hs. como máximo.
31 /12: 16 hs. como máximo.
Supermercados mayoristas:
23/12: 18 hs. como máximo.
24/12: 16 hs. como máximo.
30/12: 18 hs. como máximo.
31/12: 16 hs. como máximo.
Según informaron desde el CEC, el empresario tiene la potestad de cerrar las puertas de su empresa antes del horario establecido, pero nunca después de lo establecido.
En cuanto a las condiciones, el empresario que decida extender el horario laboral hasta este máximo permitido podrán hacerlo siempre cumpliendo con el pago de las horas extra según establece la legislación vigente. También se acordó que los establecimientos que lo necesitan, están obligados a garantizar el transporte del personal hasta su casa al término de la jornada.
Desde el CEC adelantaron que, junto con la Subsecretaría de Trabajo, garantizarán mediante inspecciones el cumplimiento de dichos horarios.