Monotributo: el viernes vence la recategorización

La segunda prórroga de recategorización al régimen y el  la primera cuota del año cerrará pasado mañana. La AFIP decidió extender el plazo porque muchos contribuyentes se encuentran de vacaciones, lo cual les dificultaba cumplir con el trámite.

Foto: Web
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La segunda prórroga para recategorizarse en el régien del Monotributo vence pasado mañana, junto con la cuota de enero.

La primera prórroga había sido hasta el 22 de enero, pero atentos a escasa cantidad de contribuyentes que concluyeron el trámite, según se estima por el período vacacional, la Administración Federal de  Ingresos Públicos (AFIP) decidió extenderlo hast ale 29 de enero.

El nuevo régimen amplió a 200 mil pesos la facturación anual para servicios y hasta 300 mil para comercios y otros rubros, con el fin de que más gente pueda adherir a este sistema simplificado de tributación.
  
La recategorización se puede realizar a través de Internet, aunque en los primeros días del mes se concretó la operatoria de forma automática para los incluidos en la categoría más baja que fue eliminada por la AFIP, en el marco de las modificaciones.

Las modificaciones en el régimen de monotributo implican recategorizaciones, ampliaciones en los topes de facturación y aumentos en los pagos al fisco y las obras sociales.

También se aumentó la suma fija del aporte jubilatorio, de 35 a 110 pesos, y la de la obra social, de 46,75 a 70 pesos.

Junto con esto, se eliminó a categoría más baja, de hasta 12.000 pesos de facturación anual, fusionándola con la siguiente, que pasó a ser de 24.000 pesos.

En este caso -en el que los contribuyentes estaban ubicados en la categoría A del anterior régimen (eliminada en la nueva ley)- la AFIP los reempadronó en forma directa en la categoría B, por lo que no debieron realizar trámite alguno vía Web.

La nueva ley también amplió los topes de facturación anual para ingresar o permanecer en el sistema.
  
Para la locación de servicios, el tope se incrementó de 72.000 a 200.000 pesos, mientras que para el resto de las actividades, de 144.000 a 300.000 pesos.

Con este nuevo esquema, para el rubro profesionales, en la categoría más baja (hasta 24.000 pesos de facturación anual) el mínimo mensual subió a 219 pesos, que se descompone en 39 pesos de impuesto, 70 de obra social y los restantes 110 de aporte jubilatorio.

Mientras que para la más alta (hasta 200.000 pesos de facturación anual) la mensualidad será de 1.780 pesos, compuestos por 1.600 de impuesto, 70 de obra social y 110 pesos de aporte jubilatorio.
  
Para el resto de actividades, la categoría más baja es similar, mientras que para la más alta, hasta 300.000 pesos de facturación anual, la cuota mensual será de 2.880 pesos.

Además, para las categorías más altas, las empresas o particulares cuyos ingresos brutos anuales se encuentren entre los 200.000 y 300.000 pesos, podrán permanecer en el régimen, siempre y cuando cuenten con una cantidad mínima de personal en relación de dependencia.
  
Se trata de un empleado para los que tengan ingresos de hasta 235.000 pesos; dos empleados hasta los 270.000 pesos y tres empleados hasta los 300.000 pesos de facturación anuales.

Los monotributistas de la categoría A, que quedó absorbida en la B, deben pagar la cuota de enero exhibiendo la credencial de pago actual, pero automáticamente el sistema emitirá el comprobante por el nuevo valor del impuesto.