La Corte revocó un fallo mendocino por la compra de Disco

Según informó el portal Infobae.com, el máximo tribunal dejó sin efecto una sentencia que había dispuesto que el trámite de la concertación económica por la cual Cencosud S.A. pretende tomar el control de la cadena Disco-Vea, debe realizarse ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

El fallo se remitió al dictamen de la Procuración General de la Nación que dijo que la citada Comisión "no ejerce competencia decisoria alguna en materia de operaciones de concertación económica sino que instruye el procedimiento y asesora a la autoridad administrativa que resolverá en definitiva".

Por esa razón, "es desacertado" imponer, como lo había hecho la Cámara, un quórum determinado para su funcionamiento, en especial, cuando tal modalidad no surge ni de las leyes aplicables ni de la reglamentación de éstas, sostuvo la Corte.

El alto tribunal agregó que el criterio de la Cámara es incompatible, además con el modo en que diversos regímenes regulan la actuación de otros órganos colegiados de la Administración Pública Nacional, en tanto establecen la validez de su funcionamiento con un número menor a la totalidad de sus integrantes, como ocurre con el Ente Nacional Regulador del Gas, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad y la Comisión Nacional de Valores, entre otros.

El fallo fue firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda.